ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

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¡Participa en el proceso meritocrático para ser el/la próximo/a alcalde/sa local!

Por: webmasterlocal
Publicado el: Febrero 2024

La Alcaldía Mayor de Bogotá convoca a todos los ciudadanos con un fuerte sentido de servicio hacia sus comunidades, que estén familiarizados con las necesidades de sus barrios y vecinos, y que cuenten con habilidades para gestionar recursos públicos, a tomar parte en el concurso de méritos para ocupar los cargos de alcaldes y alcaldesas locales. El objetivo es asegurar que este proceso se lleve a cabo con total transparencia y con todas las garantías que merece.

Los aspirantes deberán radicar la documentación en la secretaría de la JAl de Antonio Nariño (Cll 17 sur # 18-49 Piso 4)

Requisitos para ser Alcalde(sa) Local de Antonio Nariño

•Ser ciudadano en ejercicio 

•Haber residido o desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial, o laboral en la respectiva localidad por lo
menos durante los dos años anteriores a la fecha del nombramiento.

•Ostentar título profesional en algunas de estas áreas: 
-Economía 
-Contaduría 
-Ciencias Sociales y Humanas
-Arquitectura 
-Ingeniería 
-Urbanismo y afines
-Agronomía
-Veterinaria y afines
-Matemáticas
-Ciencias de la Salud
-Ciencias de la Educación 
-Bellas Artes

El 50% de quienes resulten designados deberán ser mujeres.

Inhabilidades para ser elegido alcalde local

• Quienes hayan ejercido como empleados públicos en el Distrito dentro de los tres meses anteriores a la inscripción de la candidatura.

• Quien haya sido condenado a pena privativa de la libertad, excepto en los casos de delitos culposos o políticos.

• Quien haya sido sancionado con la pena de destitución de un cargo público, o se encuentren, temporal o definitivamente excluidos del ejercicio de una profesión en el momento de la inscripción de su candidatura.

• Quien haya perdido la investidura de miembros de una corporación de elección popular.

• Quien sea cónyuge, compañero (a) permanente o parientes dentro del segundo grado de consaguinidad, o primero de afinidad o civil, de los concejales o de los funcionarios distritales que ejerzan autoridad política o civil.

Documentación para la inscripción de aspirantes a Alcalde (sa) Local:

• Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado

• Formato único de Hoja de Vida de persona natural, de la Función Pública  (en medio físico y magnético debidamente soportada)

• Fotocopia legible y ampliada al 150% de la cédula 

• Afirmación juramentada del aspirante de no encontrarse incurso (a) en ninguna de las causales de inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, ni presentar antecedentes judiciales.

* De acuerdo al tipo de vinculación que tenga el aspirante con la localidad, debe presentar:

• Certificación actualizada expedida por la Alcaldía Local, para créditos residencia.

• Certificado de Cámara y Comercio con una expedición no mayor a tres meses, para acreditar actividad industrial o comercial.

• Certificación en la que conste el tiempo de trabajo y la dirección de la empresa, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma, para acreditar actividad laboral.

• Certificación expedida por la persona jurídica, en la que conste funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica; para acreditar una actividad profesional.

• Afirmación juramentada donde el aspirante señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado, para acreditar la actividad profesional que haya sido ejercida de manera independiente.